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El panorama jurídico de la práctica de la telesalud en México

El Observatorio de Telesalud del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (CENETEC), realizó una compilación de los instrumentos jurídicos aplicables a la práctica médica en materia de telesalud en México.

La telesalud es un servicio que favorece el acceso a servicios de salud en zonas remotas y que mejora la capacidad de organización en la atención médica. No obstante, su implementación presenta diversas dificultades que frenan su consolidación. Actualmente en México no existe una normatividad específica que regule práctica de la telesalud sin embargo existen instrumentos jurídicos que pueden aplicarse a la práctica de esta modalidad de atención a la salud en el país. Un punto positivo es que, a pesar de la falta de regulación específica para la práctica de telesalud, las regulaciones actuales tampoco imposibilitan el acceso a la atención médica a distancia.

El primer instrumento jurídico que aplica a la práctica de la telesalud en México, es el más importante, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo 4 de la Constitución indica que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, mientras que el artículo 6 expone que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación (TIC), lo que incluye el acceso a internet. Asimismo, el artículo 16 señala que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales.

De la Constitución se desprende la Ley General de Salud que establece los objetivos del Sistema Nacional de Salud, en el cual destaca la importancia de la promoción del desarrollo de servicios de salud con base en la integración de las TIC, con el objetivo de ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la atención a la salud.

La Ley General de Salud especifica el marco normativo del Consentimiento Informado, uno de los derechos más importantes que tienen los pacientes en relación con la atención médica. Los usuarios tienen derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz con respecto de su salud, así como los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos, entre otros, que se apliquen.

En este sentido la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) define los criterios que debe cumplir la Carta de Consentimiento válidamente informado. Sin embargo, aunque los servicios de telesalud no se encuentran dentro de los eventos mínimos que requieren de cara de consentimiento informado, según explica el CENETEC, es recomendable contar con dicho proceso para la formalización del vínculo entre el médico y el paciente.

Por otra parte, existen reglamentos de diversas leyes federales que abordan aspectos relacionados con telesalud, como la protección de datos, modalidades de atención médica. Además, también se establecen diversas Normas Oficiales Mexicanas, que regulan otros aspectos como el expediente clínico, requisitos mínimos y características de la infraestructura y equipamiento para atención médica.

“La telesalud representa un amplio abanico de posibilidades que van desde la utilización de alta tecnología para realizar consultas a distancia, incluyendo equipamiento y sistemas para emitir un diagnóstico correcto y un tratamiento específico, hasta el uso de un medio de comunicación de fácil acceso como lo es el teléfono celular, para coordinar acciones en la atención médica, facilitar una referencia o asistir al paciente con una asesoría”, menciona el CENETEC en su análisis.

Por lo tanto, la tecnología debe considerarse solo como una herramienta para atender necesidades y retos en la atención médica tomando en cuenta tres aspectos básicos: la seguridad del paciente, del profesional de la salud y de la transmisión de la información.

El CENETEC menciona que a pesar de que México cuenta con una normatividad general aplicable a la atención médica a distancia, es fundamental la creación de una regulación específica. Además, el auge de la telemedicina durante los últimos tres años ha resaltado la importancia de formalizar este tipo de servicios debido a su utilidad en la práctica clínica.

Te invitamos a consultar la cédula completa de los instrumentos jurídicos que regulan de manera general la práctica de la telesalud en el país: https://cenetec-difusion.com/observatoriotelesalud/wp-content/uploads/2023/01/Cedula_InstrumentosJuridicos_Telesalud_Mx2022.pdf

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